• Separación matrimonial. Vivienda

    En caso de que los cónyuges no lleguen a un acuerdo, la Ley establece, como norma general, que el uso de la vivienda familiar y del ajuar corresponderá a los hijos y al cónyuge que ostente la custodia, aunque la casa sea propiedad del otro cónyuge. 

    Pero, ¿qué pasa en el caso de que no haya hijos en el matrimonio? El Código Civil nos dice que, en dicho caso, el uso y disfrute de la vivienda coresponderá a su titular, aunque cabe acuerdo en contrario. En el caso de que el uso de la vivienda se otorgue al cónyuge no titular, para que este pudiera disponer se ella se requerirá el consentimiento de ambas partes o bien la autorización de un Juez.  

    En este caso es importante hacer mención a algunos supuestos comunes:

    - Si la vivienda es propiedad del  cónyuge al que no se le atribuye el uso, la atribución no modificará la titularidad.

    - Si la vivienda fuera propiedad de la sociedad de gananciales el uso se asignará a uno de los dos, si bien las obligaciones con respecto a terceros serán solidarias, por ello cabe que el que satisfaga la obligación pueda reclamar al otro su parte.

    - Si el uso se atribuye al propietario no existirá problema alguno, aunque cabe que se obligue por sentencia o convenio al no propietario a  algún pago de mantenimiento de la casa.

    - En caso de que sea de un tercero, es posible que se atribuya su uso a uno sólo de los cónyuges, aunque esta hubiera sido cedida por los padres del otro.

    - En lo que respecta a los gastos corrientes, estos son por cuenta de quien tenga el uso y disfrute, salvo acuerdo en contrario.

     

     

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    Comentarios

    Celestino Dominguez Ferrer07/03/2011 10:28:35

    El caso que paso a describir es el siguiente. Titular de la vivienda uno de los conyugues en regimen de separacion de bienes (Catalunya), el derecho de uso se atribuye al otro conyugue no propietario por haber un hijo menor con regimen de visitas mediante convenio regulador y sentencia judicial, mi pregunta es la siguiente ? al conseguir la custodia compartida que pasa con la vivienda, se devuelve a su titular o queda en disfrute del otro conyugue¿.
    Atentamente

    Respuesta Martinez-Echevarria, Perez, Ferrero Abogados:

    Si la vivienda es titular de unos de los padres del menor, sea custodia compartida o no, la vivienda se quedará en el uso y dsifrute del menor hasta que sea independiente económicamente, y una vez lo sea podrá el titular de la vivienda recuperar la posesión.

    Sin más reciba un saludo.

    Martinez-Echevarria, Perez, Ferrero Abogados
    Teléfono 900.100.039
    Correo electrónico: consultas@martinezechevarria.com

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